Procuraduría Pública Municipal

La Procuraduría Pública Municipal, es el órgano de defensa jurídica encargada de la ejecución de todas las acciones que conlleven a garantizar los intereses y derechos de la municipalidad, mediante la representación y defensa en procesos judiciales, administrativos y/o procesos arbitrales y conciliatorios, conforme a ley. Ejerce dicha defensa en el ámbito nacional e internacional, en sede jurisdiccional y no jurisdiccional, al amparo de la Constitución y las Leyes con el fin de cautelar los intereses de esta Corporación Edil.

La Procuraduría Pública Municipal está a cargo de un funcionario con categoría de Gerente  quien depende funcional y normativamente del Concejo de Defensa Jurídica del Estado y reporta administrativamente a la Gerencia Municipal.

FUNCIONES:

    • Representar a la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre y defender sus intereses ante los órganos jurisdiccionales y administrativos (no jurisdiccionales), así como ante el Ministerio Público, Policía Nacional, Tribunal Arbitral, Centro de Conciliación y otros de similar naturaleza en los que esta Corporación Edil sea parte, todo ello con el sólo mérito de su designación, debiendo informar a la Gerencia Municipal sobre su actuación. Esta facultad incluye la posibilidad de iniciar cualquier acción legal en representación de la Municipalidad.
    • Iniciar o impulsar previa autorización del Concejo Municipal, los procesos judiciales contra los funcionarios, servidores o terceros respecto de los cuales, el órgano de control institucional haya encontrado responsabilidad civil o penal.
    • Informar al Concejo Municipal y al Alcalde, de manera inmediata, las notificaciones de las sentencias judiciales, laudos y/o resoluciones definitivas expedidas en contra de los intereses o derechos de la Municipalidad, bajo responsabilidad.
    • Proponer los objetivos, políticas, planes y presupuesto de la Procuraduría Pública Municipal. Mantener informada a la Alta Dirección sobre los avances de los procesos judiciales a su cargo.
    • Informar trimestralmente al Concejo Municipal, el estado de los procesos judiciales, administrativos, conciliatorios y arbitrales, en donde es parte la Municipalidad.
    • Desarrollar las demás funciones legalmente establecidas en el Decreto Legislativo Nº 1068, el Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS u otras normas al respecto.
    • Elaborar proyectos normativos de su competencia