En la Gerencia de Coordinación de Seguridad Ciudadana trabajamos eficientemente las 24 horas de los 7 días de la semana
con la meta de garantizar la seguridad y el orden en el distrito.
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VISIÓN:
Hacer de Pueblo Libre un distrito con niveles óptimos de seguridad, y asegurar la armonía y tranquilidad de los vecinos.
MISIÓN:
El Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Pueblo Libre, formulará y coordinará estrategias orientadas a prevenir y contrarrestar el accionar de personas que atentan contra la seguridad ciudadana en el distrito, estableciendo objetivos cuantificables y medibles que involucren a la Policía Nacional del Perú, gobierno local y a la comunidad organizada.
OBJETIVO GENERAL:
Fortalecer acciones multisectoriales en el distrito de Pueblo Libre, mediante coordinaciones, capacitación, apoyo logístico, de personal, asistencia técnica y la participación de la comunidad, a fin de mejorar la seguridad ciudadana..
OBJETIVO ESPECÍFICOS:
BRIGADA CANINCA
![BRIGADA CANINA](https://portal.muniplibre.gob.pe/wp-content/uploads/2020/07/Foto-5.png)
Pueblo Libre fue la primera municipalidad distrital que utilizó perros como apoyo al servicio de Serenazgo Municipal. La Brigada Canina comenzó desde su creación hace 15 años, con 15 guías y 15 canes entre las razas rottweilers y pastor alemán, entrenados para cumplir con el servicio. El objetivo de la Brigada Canina es el empleo de menos hombres en el servicio, que el sereno guía no porte armas y que el perro actúe como elemento de disuasión y erradicación de elementos marginales en las zonas más peligrosas del distrito.
CENTRAL DE COMUNICACIONES Y VIDEO VIGILANCIA
- Personal
- Cámaras de Video Vigilancia
- Supervisores
- Operador Técnico
- Operadores de Radio
- Operadores de Video Vigilancia
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TELÉFONOS DE EMERGENCIA
BOMBEROS:
Emergencias 116
Central 399-1111
Bomberos Magdalena 36: 261-7139
POLICÍA NACIONAL:
Emergencias 105
Comisaría de Pueblo Libre 261-8744/
DIPROVE-Robos de Vehículos 328-0573
DINCOTE-Terrorismo 433-0148
MUNICIPALIDAD:
Central de Emergencias 319-3160
WhatsApp ALERTA PUEBLO LIBRE 970-271-603
Central Telefónica 202-3880
EMERGENCIAS MÉDICAS:
Hospital Santa Rosa 615-8200
Clínica Stella Maris 463-6666
SERVICIOS:
Defensa Civil-Emergencias 110
Enel 561-2001
Sedapal 317-8000
Calidda 614-9000/1808
Morgue 625-5578
La Subgerencia de Fiscalización y Sanciones Administrativas es la Unidad Orgánica responsable de iniciar y ejecutar el proceso sancionador de forma oportuna y eficiente, efectuando acciones para fiscalizar y cautelar el cumplimiento de las disposiciones municipales administrativas y de efectuar la imposición de sanciones por las infracciones cometidas de conformidad con la normatividad vigente.
La Subgerencia de Fiscalización y Sanciones Administrativas está a cargo de un funcionario de confianza con nivel de Sub Gerente, quien depende funcional y jerárquicamente de la Gerencia de Coordinación de la Seguridad Ciudadana.
Funciones:
- Elaborar el proyecto de Régimen de Aplicación de Sanciones (RAS) y el Cuadro de Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) y medidas complementarias, así como sus respectivas modificaciones.
- Programar y supervisar la capacitación a los inspectores municipales.
- Supervisar el adecuado cumplimiento de las funciones que realizan los inspectores municipales.
- Conducir el procedimiento administrativo sancionador por infracciones de carácter administrativo tanto en la fase instructiva como resolutoria
- Remitir a la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva los archivos digitalizados de las resoluciones de sanción administrativa y de sus respectivos cargos de notificación para proseguir con la cobranza respectiva, dentro de los plazos establecidos para la ejecución de las mismas, así como supervisar el cumplimiento de los mismos.
- Programar, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas a las campañas educativas con la plena y cabal difusión de las disposiciones municipales, en coordinación con la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional y la Subgerencia de Participación Vecinal.
- Resolver en primera instancia los recursos impugnativos que se interpongan contra los actos administrativos expedidos.
- Formular y proponer el Plan de Fiscalización y los planes operativos que se requieran, en coordinación con las unidades orgánicas correspondientes, estableciendo estrategias a seguir para realizar un trabajo conjunto en la fiscalización del cumplimiento de las normas municipales.
- Coordinar con las entidades del estado (Policía Nacional del Perú, Ministerio Público, Ministerio del Ambiente, Ministerio de Salud, INDECOPI, entre otros), para la ejecución de operativos especiales de fiscalización y control de su competencia, conforme a la normatividad vigente.
- Informar mensualmente a la Gerencia de Coordinación de la Seguridad Ciudadana sobre los avances y logros obtenidos en materia de fiscalización municipal.
- Efectuar el seguimiento a la ejecución de las sanciones y medidas complementarias impuestas por infracción a las disposiciones municipales.
- Mantener actualizada la base de datos del sistema de fiscalización.
- Producir información estadística de las acciones de fiscalización ejecutadas.
- Fiscalizar y notificar el incumplimiento de las normas municipales en materia de funcionamiento de establecimientos comerciales, industriales y profesionales, publicidad exterior, comercio informal y ambulatorio, espectáculos públicos no deportivos, tránsito de vehículos menores, y control urbano; y efectuar el seguimiento correspondiente conforme a la normatividad aplicable.
- Fiscalizar el cumplimiento de las normas municipales en materia sanitaria, desarrollo humano, medio ambiente y gestión de riesgo.
- Atender las denuncias vecinales sobre incumplimiento de las disposiciones municipales.
- Aplicar las medidas complementarias a las sanciones pecuniarias establecidas en el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones – CUIS, en coordinación con el Ejecutor Coactivo.
- Clausurar establecimientos comerciales que no cumplan con las disposiciones municipales vigentes, condiciones mínimas de seguridad de defensa civil, normas higiénicas sanitarias o que desarrollen actividades prohibidas legalmente, así como aquellas a que se refiere el Régimen de Aplicación de Sanciones – RAS.
- Paralizar las obras que no cuenten con la debida autorización o se encuentren incumpliendo la normatividad vigente.
- Retirar o desmontar elementos publicitarios que no cuenten con la respectiva autorización o que no cumplan con las condiciones mínimas de seguridad.
- Prestar apoyo al Ejecutor Coactivo en la ejecución de las obligaciones de hacer y no hacer.
- Emitir las Resoluciones de Sanción, previa evaluación de los informes finales emitidos por los órganos instructores del procedimiento sancionador.
- Emitir las Resoluciones de Medidas Provisionales, mediante decisión motivada y con elementos de juicio suficientes, a fin de cautelar la eficacia de la Resolución de Sanción a emitir, en concordancia con la normatividad vigente.
- Emitir las Resoluciones de Medidas Cautelares, cuando esté en peligro la salud, higiene o seguridad pública así como en los casos en los que se vulnere las normas sobre urbanismo o zonificación, en concordancia con la normatividad vigente.
- Emitir las Resoluciones que resuelvan los Recursos de Reconsideración, en los asuntos de su competencia.
- Emitir las Resoluciones firmes, dentro de los plazos establecidos para la ejecución de las sanciones pecuniarias, complementarias y cautelares.
- Emitir las Resoluciones de declaración de abandono de los bienes retenidos o retirados.
- Declarar de Oficio la prescripción de la facultad de la autoridad para determinar la existencia de infracciones administrativas y la caducidad administrativa del procedimiento sancionador.
- Resolver las solicitudes de prescripción y de caducidad presentadas por los administrados en relación al procedimiento sancionador.
- Cumplir con las demás funciones afines que le asigne la Gerencia de Coordinación de la Seguridad Ciudadana en materia de su competencia, y con las señaladas en la Quinta Disposición Complementaria Final del presente Reglamento.