Gerencia Municipal

La Gerencia Municipal es el órgano de Alta Dirección responsable del planeamiento, organización y dirección de la gestión administrativa, operativa, financiera y económica de la entidad, procurando la calidad y el funcionamiento de los servicios públicos municipales, así mismo como la promover en la municipalidad la aplicación del concepto de gobierno electrónico y gestión por resultados dentro de la medida de sus posibilidades.

El Gerente Municipal es un funcionario de confianza a tiempo completo y dedicación exclusiva designado por el Alcalde, de quien depende, pudiendo ser cesado por este sin expresión de causa o por acuerdo del Concejo Municipal, adoptado por dos tercios del número hábil de regidores en tanto se presenten cualesquiera de las causales previstas en sus atribuciones contenidas en el artículo noveno de la Ley 27972.

FUNCIONES:

  • Planificar, organizar y dirigir las actividades administrativas y la prestación de los servicios públicos locales de la municipalidad, en coordinación con las áreas funcionalmente responsables de estas actividades.
  • Proponer al Alcalde los Planes de Acción y Presupuesto del ejercicio fiscal, previo los informes técnicos emitidos por las unidades orgánicas respectivas.
  • Evaluar la ejecución de los planes y programas municipales.
  • Presentar al Alcalde la Memoria Anual y Estados Financieros y Presupuestarios, dentro del plazo de Ley.
  • Disponer el cumplimiento de los Planes de Acción y Presupuesto Anual de todas las áreas de la Municipalidad.
  • Disponer el cumplimiento de las políticas establecidas por el Concejo Municipal y el Alcalde.
  • Proponer al Alcalde todos los instrumentos de gestión requeridos por Ley.
  • Asesorar al Alcalde en aspectos referidos a la Gestión Municipal.
  • Informar las acciones de gestión municipal al Concejo Municipal en caso de solicitarlo.
  • Representar a la Municipalidad en los actos y eventos oficiales, por encargo del Alcalde.
  • Aprobar el Plan Anual de Contrataciones (PAC).
  • Designar a los titulares y suplentes de los Comités Especiales encargados de los Procesos de Selección.
  • Ejercer las atribuciones delegadas por el Alcalde.
  • Velar por el cumplimiento de las directivas vigentes en la Municipalidad
  • Designar al funcionario que aprueba las bases de los procesos de selección para la adquisición de bienes y servicios bajo la modalidad de concursos públicos, licitaciones públicas y adquisiciones directas en general, así como para la contratación de obras y consultorías conforme a ley sobre la materia.
  • Atender por intermedio de la Secretaría General, los requerimientos de información para fines normativos y de fiscalización de los miembros de las Comisiones de Regidores del Concejo.
  • Delegar sus atribuciones a los funcionarios municipales, exceptuando las atribuciones delegadas por el Alcalde.
  • Cumplir con las demás funciones delegadas por la Alcaldía.