La Gerencia de Rentas y Desarrollo Económico es el órgano de línea encargado de desarrollar las acciones de administración, recaudación y fiscalización de los ingresos por tributos municipales, conforme a las competencias y facultades establecidas en el Código Tributario y demás normas pertinentes, así como ejecutar coactivamente la recaudación de otros ingresos no tributarios, tales como multas administrativas por infracciones a ordenanzas y/o disposiciones municipales; asimismo, elabora el reporte de los ingresos de las demás unidades orgánicas de la entidad.
La Gerencia de Rentas y Desarrollo Económico, está a cargo de un funcionario de confianza con nivel de Gerente depende funcionalmente y jerárquicamente de la Gerencia Municipal.
FUNCIONES :
- Formular y proponer a la Gerencia Municipal las políticas, normas, planes y programas que correspondan al ámbito de su competencia.
- Supervisar y controlar los procesos de registro, fiscalización tributaria, recaudación ordinaria y cobranza coactiva de las obligaciones tributarias y no tributarias.
- Supervisar la determinación de la cuantía de los tributos de su competencia, que deben pagar los contribuyentes a la municipalidad, en coordinación con las áreas correspondientes y de acuerdo a los dispositivos legales vigentes.
- Proponer a las unidades orgánicas competentes, las mejoras detectadas en los procesos a su cargo.
- Supervisar la debida orientación y atención de los contribuyentes a cargo de sus unidades orgánicas dependientes.
- Elaborar y presentar informes técnicos sobre el desarrollo y grado de cumplimiento de sus actividades periódicamente o cuando lo solicite la Alta Dirección.
- Revisar, coordinar y visar informes, resoluciones y otros documentos de su competencia.
- Emitir y suscribir resoluciones de nulidad de oficio relacionadas con materias de su competencia.
- Emitir resoluciones de Gerencia para resolver los recursos de impugnación presentados por los administrados, en relación con los trámites de su competencia y de conformidad con el TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.
- Elevar los recursos de apelación admitidos y de las quejas presentadas por los contribuyentes reguladas por el TUO del Código Tributario.
- Verificar la atención dentro de los plazos previstos en la ley, de las solicitudes contenciosas y no contenciosas, presentadas por los administrados, en materia tributaria y no tributaria.
- Proponer, gestionar e implementar mejoras en los procesos y procedimientos de su competencia
- Asesorar a la Alta Dirección y demás órganos en el ámbito de su competencia.
- Implementar las recomendaciones de los informes de auditoría emitidos por los órganos conformantes del Sistema Nacional de Control, debiendo de informar a la Alta Dirección sobre las medias adoptadas.
- Formular, actualizar y proponer la normatividad interna de su competencia.
- Establecer mecanismos que garanticen la unidad de criterio entre el personal a su cargo, para absolver las consultas sobre los alcances de las normas tributarias municipales, así como para la atención de expedientes y documentos presentados por los contribuyentes del distrito
- Cumplir con las demás funciones afines que le asigne la Gerencia Municipal en materia de su competencia, y con las señaladas en la Quinta Disposición Complementaria Final del presente Reglamento.
La Gerencia de Rentas y Desarrollo Económico, para el cumplimiento de sus funciones cuenta con las siguientes unidades orgánicas:
- Subgerencia de Registro y Fiscalización Tributaria
- Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva
- Subgerencia de Desarrollo Empresarial y Comercialización
La Subgerencia de Registro y Fiscalización Tributaria es la Unidad Orgánica responsable de desarrollar las acciones de recepción y registro de la información tributaria brindada por el contribuyente, desarrolla la fiscalización destinada a verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias municipales; asimismo, se encarga de administrar el sistema de reconocimiento de vecinos puntuales en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
La Subgerencia de Registro y Fiscalización Tributaria, está a cargo de un funcionario de confianza con nivel de Sub Gerente, depende funcional y jerárquicamente de la Gerencia de Rentas y Desarrollo Económico.
FUNCIONES:
- Planificar, organizar, dirigir, controlar y coordinar las actividades relacionadas a los procesos de determinación y fiscalización de la obligación tributaria.
- Organizar, ejecutar y supervisar el proceso de recepción y registro de la información consignada en las declaraciones juradas, en la base de datos de contribuyentes que administra la entidad, de acuerdo a las normas legales vigentes; manteniendo actualizado dicho registro de contribuyentes en materia tributaria.
- Diseñar y desarrollar programas destinados a brindar adecuada orientación en materia tributaria municipal, e incentivar el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias.
- Determinar la cuantía de los tributos de su competencia, que deben pagar los contribuyentes a la Municipalidad, de acuerdo a los dispositivos legales vigentes.
- Ejecutar las acciones necesarias para la emisión mecanizada anual de las declaraciones juradas, liquidación del impuesto predial y arbitrios municipales, a través de cuponeras u otro medio.
- Liquidar las Multas Tributarias de su competencia.
- Reportar periódicamente a la Gerencia de Rentas y Desarrollo Económico información estadística sobre las actividades de su competencia.
- Emitir las Constancias de Contribuyentes de acuerdo al registro en la base de datos de la entidad.
- Resolver los procedimientos no contenciosos en materia tributaria, tales como compensación, transferencia de pagos, devolución, declaración de inafectaciones y exoneraciones, otorgamiento de beneficios tributarios, entre otros.
- Resolver los recursos de reclamación de su competencia (incluidas las denegaciones de las solicitudes no contenciosas de su competencia) y pronunciarse sobre la admisibilidad de los recursos de apelación; asimismo, coordinar con la Gerencia de Rentas y Desarrollo Económico para absolver los requerimientos derivados de apelaciones y quejas provenientes del Tribunal Fiscal, debiendo emitir los informes correspondientes.
- Cumplir con las resoluciones emitidas por el Tribunal Fiscal y otras Entidades que se pronuncien en el ámbito de su competencia.
- Planificar, organizar, dirigir, controlar y coordinar las actividades relacionadas a los procesos de fiscalización tributaria.
- Verificar y controlar en forma selectiva y segmentada la veracidad de la información declarada.
- Efectuar las acciones de Fiscalización Tributaria orientadas a detectar omisos, subvaluadores e infractores de las obligaciones tributarias municipales.
- Emitir Resoluciones de Determinación y de Multa Tributaria, por las obligaciones tributarias resultantes de los procesos de fiscalización.
- Transferir a la Ejecutoria Coactiva los valores tributarios, que cumplan con los requisitos de exigibilidad, indicados en el literal anterior conforme a Ley.
- Supervisar y controlar la prestación del servicio y los ingresos por parqueo vehicular.
- Proponer programas y/o campañas destinadas a detectar omisos y/o subvaluadores tributarios.
- Implementar las recomendaciones de los informes de auditoría emitidos por los órganos conformantes del Sistema Nacional de Control, debiendo informar a su superior inmediato sobre las medidas adoptadas.
- Formular, actualizar y proponer la normatividad interna de su competencia.
- Establece las políticas, directrices o líneas de acción para la atención preferente, dirigida a los contribuyentes que pagan oportunamente sus tributos; en coordinación con las unidades orgánicas según corresponda.
- Establecer los mecanismos de interacción entre el sector empresarial y la municipalidad, orientados a asegurar el otorgamiento de beneficios a los vecinos y/o contribuyentes puntuales, en coordinación con la Subgerencia de Desarrollo Empresarial y Comercialización
- Administrar el sistema de reconocimiento de vecinos puntuales en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, denominado “Vecino Puntual de Pueblo Libre” (VPP).
- Informar a la Gerencia de Rentas y Desarrollo Económico sobre los avances y resultados de los procesos de fiscalización tributaria y proponer mejoras de ser el caso.
- Cumplir con las demás funciones afines que le asigne la Gerencia de Rentas y Desarrollo Económico en materia de su competencia, y con las señaladas en la Quinta Disposición Complementaria Final del presente Reglamento.
La Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva, es la Unidad Orgánica encargada de administrar el proceso de recaudación de la deuda tributaria en la vía ordinaria, verificando el cumplimiento de las obligaciones tributarias municipales. Tiene a su cargo el área de Ejecutoría Coactiva, como órgano de apoyo, que está a cargo de un(a) Ejecutor(a) Coactivo, quien desarrollará sus funciones de acuerdo a la normatividad de la materia, garantizando a los deudores u obligados el debido procedimiento coactivo.
La Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva, está a cargo de un funcionario de confianza con nivel de Sub Gerente, depende funcional y jerárquicamente de la Gerencia de Rentas y Desarrollo Económico.
FUNCIONES:
- Planificar, organizar, dirigir, controlar y coordinar las actividades de recaudación de la deuda tributaria, en la vía ordinaria.
- Administrar el proceso de la cobranza ordinaria de la deuda tributaria en todos sus estados, con excepción de las deudas generadas en los procesos de fiscalización tributaria.
- Proponer programas y/o campañas destinadas a incrementar la recaudación de los tributos.
- Emitir Órdenes de Pago por obligaciones tributarias autoliquidadas por los contribuyentes en sus declaraciones juradas, Resoluciones de Determinación por obligaciones tributarias no sujetas a declaraciones, por deudas pendientes de pago y las Resoluciones de Multa Tributaria liquidadas por la Subgerencia de Registro y Fiscalización Tributaria, con excepción de las resultantes de los procesos de Fiscalización Tributaria.
- Supervisar el proceso de notificación de documentos, valores, resoluciones y comunicaciones de contenido tributario.
- Transferir a la Ejecutoria Coactiva conforme a Ley, los valores tributarios vencidos, así como las cuotas pendientes de pago de los fraccionamientos, cuando se incumplan las condiciones bajo las cuales se otorgó el mismo, siempre y cuando se haya cumplido con notificar al deudor la resolución que declare la pérdida del beneficio de fraccionamiento; y no se hubieran interpuesto recurso impugnatorio dentro del plazo de ley.
- Emitir las Resoluciones que aprueban los fraccionamientos y/o aplazamiento de la deuda y aquellas que declaran la pérdida del mismo, de acuerdo a la normativa vigente.
- Emitir constancias de no adeudo a los contribuyentes que lo soliciten.
- Coordinar y conciliar con la Subgerencia de Tesorería, los ingresos tributarios municipales en coordinación con las áreas competentes.
- Coordinar y conciliar con la Subgerencia de Contabilidad, los saldos por cobrar, en coordinación con las áreas competentes.
- Determinar la deuda con causal de cobranza onerosa y dudosa conforme a su competencia, previo informe de las unidades generadoras de las obligaciones y/o encargadas de su recuperación.
- Resolver las solicitudes no contenciosas de su competencia; como los fraccionamientos, aplazamientos y prescripciones en materia tributaria.
- Resolver los recursos de reclamación de su competencia (por los valores emitidos y por las denegaciones de las solicitudes no contenciosas de su competencia) y pronunciarse sobre la admisibilidad de los recursos de apelación, asimismo, coordinar con la Gerencia de Rentas y Desarrollo Económico para absolver los requerimientos derivados de apelaciones y quejas provenientes del Tribunal Fiscal, debiendo emitir los informes correspondientes.
- Elaborar proyectos de dispositivos normativos de su competencia, para mejor aplicación de los procedimientos tributarios.
- Realizar el planeamiento y seguimiento de la gestión de cobranza ordinaria de las obligaciones tributarias e informar periódicamente sobre los resultados de la recaudación y nivel de morosidad, proponiendo a la Gerencia de Rentas y Desarrollo Económico, alternativas y estratégicas para medidas correctivas inmediatas.
- Cumplir con las resoluciones emitidas por el Tribunal Fiscal y otras Entidades que se pronuncien sobre materia tributaria, en el ámbito de su competencia.
- Solicitar ante las dependencias que correspondan el apoyo logístico necesario para el desarrollo de las actividades propias en los procedimientos de ejecución coactivas.
- Solicitar al Ejecutor Coactivo, informes periódicos o cuando sea necesario, respecto al estado de los procedimientos de ejecución coactiva a su cargo.
- Cumplir con las demás funciones afines que le asigne la Gerencia de Rentas y Desarrollo Económico en materia de su competencia, y con las señaladas en la Quinta Disposición Complementaria Final del presente Reglamento.
La Subgerencia de Desarrollo Empresarial y Comercialización, es la unidad orgánica responsable de emitir y suscribir los certificados y/o licencias que autoricen las actividades comerciales, industriales y/o servicios, la publicidad exterior, la habilitación temporal y renovación de uso de retiro municipal con fines comerciales y el comercio en la vía pública, de conformidad con las normas municipales vigentes.
La Subgerencia de Desarrollo Empresarial y Comercialización, está a cargo de un funcionario de confianza con nivel de Sub Gerente, quien depende funcional y jerárquicamente de la Gerencia de Rentas y Desarrollo Económico.
FUNCIONES:
- Proponer las políticas, planes, programas y proyectos vinculados a la promoción económica en el distrito, en el marco de los lineamientos expuestos en el Plan de Desarrollo Concertado.
- Elaborar y proponer políticas y normas para la adecuada prestación de los servicios administrativos, en materia del otorgamiento de licencias para los establecimientos que desarrollan con o sin finalidad de lucro, actividades de comercio, industriales y/o de servicios y demás actos administrativos que correspondan.
- Cumplir y aplicar los reglamentos de los procedimientos administrativos relacionados con las actividades comerciales, industriales y/o de servicio, la publicidad exterior, comercio en la vía pública y el mobiliario urbano en el distrito.
- Evaluar, emitir y suscribir los certificados y/o licencias que autoricen el funcionamiento de establecimientos que desarrollan con o sin finalidad de lucro, actividades de comercio, industriales y/o servicios, la habilitación temporal y renovación de uso de retiro municipal con fines comerciales, autorizaciones de anuncios y avisos publicitarios y, el comercio en la vía pública, conforme a la normativa vigente,
- Ejecutar las acciones de ordenamiento del comercio en la vía pública, dentro de la circunscripción, propendiendo a su definitiva formalización y operatividad, en coherencia con el crecimiento y desarrollo armónico de la actividad comercial del distrito.
- Efectuar mediante su personal en coordinación con la Subgerencia de Fiscalización y Sanciones Administrativas o quien haga sus veces, la fiscalización posterior de las licencias y/o autorizaciones otorgadas, en uso de sus facultades.
- Dejar sin efecto las autorizaciones temporales de comercio ambulatorio que contravengan la normativa vigente.
- Recomendar la clausura inmediata, temporal o definitiva de los establecimientos que desarrollan con o sin finalidad de lucro, actividades de comercio, industriales y/o de servicios, así como el retiro de los elementos de publicidad exterior, mobiliario urbano y módulos en vía pública, antirreglamentaria o carente de la licencia o autorización respectiva acorde a la normatividad vigente.
- Presidir la Comisión Técnica de Publicidad Exterior.
- Elaborar los informes sustentadores de las solicitudes de revocatoria y nulidad de licencia de funcionamiento y/o autorizaciones otorgadas que se elevaran al superior jerárquico.
- Resolver en primera instancia los recursos de reconsideración de los actos administrativos generados por los procedimientos a su cargo.
- Expedir autorizaciones para espectáculos públicos no deportivos y para la instalación de ferias, exposiciones comerciales, puesto de venta, entre otros como extensión de local comercial previo informe técnico, conforme a la normatividad vigente, en propiedad privada.
- Mantener actualizado el archivo y la base de datos de las licencias municipales de funcionamiento, autorizaciones de habilitación temporal y renovación de uso de retiro municipal con fines comerciales, industriales y/o de servicios, autorizaciones de comercio en vía pública y autorizaciones municipales de publicidad exterior, renovaciones, ceses y demás actividades conexas de su competencia y elaborar los cuadros estadístico que permitan el adecuado uso de la información.
- Apoyar a la Subgerencia de Registro y Fiscalización Tributaria, a establecer los mecanismos de interacción entre el sector empresarial y la municipalidad, orientados a asegurar el otorgamiento de beneficios a los vecinos y/o contribuyentes puntuales.
- Cumplir con las demás funciones afines que le asigne la Gerencia de Rentas y Desarrollo Económico en materia de su competencia, y con las señaladas en la Quinta Disposición Complementaria Final del presente Reglamento.